Si no pago la hipoteca este mes…

La hipoteca, es uno de los principales gastos mensuales para todas las familias que tienen vivienda en propiedad. Hemos hablado en varias ocasiones sobre cómo se deben revisar las condiciones de este tipo de préstamos y cómo tenemos que intentar negociar las mejores condiciones financieras con nuestra entidad bancaria para ahorrarnos bastante dinero todos los meses pero nunca hemos explicado qué ocurre si dejamos de pagar la hipoteca.

La hipoteca es un préstamo personal que firman una o varias personas, los cuales como mínimo uno de ellos debe actuar como titular del préstamo y el resto de personas pueden actuar como cotitulares del préstamo o avalistas. La característica esencial que tiene un préstamo hipotecario es que tiene una garantía real con un bien inmueble. Esta garantía real se traduce en que la vivienda que aparece hipotecada, responde ante la entidad financiera si el préstamo no se paga con normalidad.
No tengo dinero para afrontar los pagos mensuales

El principal problema que tienen que afrontar las economías domésticas radica en el pago mensual de las cuotas del préstamo hipotecario. En circunstancias normales, estos pagos se realizan con normalidad, hasta que por los motivos que sea, la economía familiar pierde una fuente importante de ingresos.

En el caso de quedarse en paro uno de los titulares del préstamo, una enfermedad grave que nos aparte de nuestra vida laboral o algún problema excepcional que nos deje con los ingresos muy mermados. Si nos encontramos en una situación de este tipo y no tenemos recursos económicos suficientes para afrontar los pagos, los pasos que debemos seguir son los siguientes:

* Dirigirnos a nuestra entidad financiera y explicar al director o responsable de los préstamos, nuestra nueva situación económica.

* A la misma vez, debemos diseñar un plan alternativo de pagos, bien basado en el aplazamiento de algunas cuotas mediante algún método y las previsiones que tenemos a nvel económico para poder afrontar nuestros pagos con normalidad.

Todas estas operaciones tenemos que llevarlas a cabo justo cuando seamos conscientes de que no vamos a poder afrontar los pagos estipulados. No debemos esperar a que pasen los meses y nosotros no hayamos abonado las cuotas vencidas, dado que si esto ocurre, la entidad financiera tendrá muchas menos opciones para ofrecernos.

Este mecanismo nos sirve para intentar llegar a algún tipo de acuerdo de aplazamiento en los pagos, alguna operación financiera puente o una carencia pactada con las letras que estimemos necesarias.
No he conseguido ningún acuerdo y no puedo pagar la hipoteca

En el supuesto que la labor negociadora anterior no sea fructífera y no haya conseguido ningún acuerdo, si no he pagado las cuotas mensuales comenzarán los problemas. ¿Qué tipo de problemas me voy a encontrar?

En primer lugar, la entidad financiera comenzará a cobrar intereses de demora por las cuotas impagadas junto con una comisión que oscilará desde los 18 a los 50 euros por mes impagado. Durante los tres primeros meses que se van acumulando cuotas, la entidad financiera me requerirá por diversos medios, para que abonemos las deudas pendientes.

Si transcurren más de 90 días de las cuotas sin pagar, las entidades bancarias proceden a incluir nuestros datos en los ficheros de morosos, declarando que les debemos las cantidades que no hayamos pagado. Además, esta notificación se lleva a cabo también al Banco de España, con lo cual, si queremos conseguir cualquier tipo de préstamo en cualquier otra entidad va a ser un proceso muy complicado, por no decir imposible.

Por último, en el plazo máximo de seis meses desde el primer impago, la entidad financiera procederá a efectuar la reclamación judicial del total del préstamo pendiente, con lo cual, nos notificarán una demanda judicial que nos solicitará que abonemos el total del préstamo que nos quede pendiente por pagar.

Soluciones extrajudiciales al pago de la hipoteca

Una vez que se pone en marcha el procedimiento judicial, las costas a pagar suben sustancialmente, dado que correrán por nuestra cuenta los gastos de los abogados y procuradores que defiendan a la entidad financiera. Además, para acudir a dicho procedimiento, nosotros también debemos contar con un abogado y procurador que nos represente.

En este procedimiento, tenemos la opción de pagar sólo las cuotas que hayan vencido, aunque la entidad nos haya reclamado el total del préstamo vencido. Supongamos por ejemplo que yo he dejado de pagar 6 meses de hipoteca a 500 euros mensuales con un préstamo pendiente de 120.000 euros.

La entidad nos reclamará 120.000 euros, pero nosotros tenemos la opción de pagar sólo los 3.000 euros pendientes más los gastos ocasionados para que el préstamo vuelva a su situación inicial. Esta opción para reflotar el préstamo hipotecario, sólo se puede hacer una vez cada cinco años, pero es el recurso que nos queda para no perder la vivienda.

En el caso de que sigamos sin pagar, la entidad financiera sacará la vivienda a subasta por el valor de tasación más las costas. Este es un procedimiento complejo que finaliza con la pérdida de la titularidad y el uso de la vivienda en la mayoría de los casos. Por último, si durante la subasta no se ha conseguido subastar el piso por la deuda que la entidad reclama, podemos encontrarnos con la tesitura de perder la vivienda y seguirle debiendo dinero a la entidad financiera.

Siguiendo con el ejemplo anterior, imaginemos que nuestra vivienda estaba tasada en 110.000 euros, nos reclamaban un total de 120.000 euros y en subasta la vivienda se adjudica sólo por 80.000 euros. Después de perder la vivienda, le deberemos al banco 40.000 euros más todos los gasots judiciales del procedimiento.

Dejar de pagar la hipoteca es la última opción dado que nuestros problemas y deudas se van a multiplicar exponencialmente durante el resto de nuestra vida.


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