Depósitos bancarios
Un depósito bancario es un contrato que realizamos con el banco, mediante el cual recibimos unos intereses a cambio de prestarle nuestro dinero al propio banco..
Es el mecanismo inverso al préstamo, dado que nosotros somos los que le prestamos dinero al banco y el banco nos devolverá este dinero cuando finalice el tiempo estipulado y nos pagará a cambio unos intereses por el préstamo que le hemos realizado.
Como vemos, tiene dos características fundamentales:
- El dinero que colocamos en un depósito no está disponible para nuestro uso hasta que nos transcurra el plazo que hayamos contratado.
- Vamos a recibir el total del dinero depositado junto con una cantidad adicional que son los intereses
Para formalizar una operación de depósito con nuestra entidad financiera, tenemos que firmar un contrato de imposición a plazo o similar. En este contrato, tenemos que estipular como mínimo la cantidad que vamos a depositar, el tiempo que dicha cantidad va a permanecer en el depósito, el porcentaje de intereses que vamos a recibir, las fechas en las que se van a abonar estos intereses y las condiciones para resolver anticipadamente el depóstio.
El plazo habitual que se suele contratar para este tipo de operaciones financieras, rara vez excede del año, siendo los plazos más habituales imposiciones a uno, tres, seis meses y un año. La posibilidad de resolución anticipada de nuestro depósito, al fijarse en las condiciones contractuales estipulan si tendremos algún tipo de penalización por resolver anticipadamente como la modificación que sufran los tipos de interés pactados.
El consejo es siempre mantener la imposición hasta su fecha de vencimiento, dado que normalmente perderemos como mínimo los intereses que nos genera este producto financiero si resolvemos el contrato antes de su vencimiento.
Los intereses que vamos a recibir, vienen expresados mediante su equivalencia anual y términos reales. A esto se le denomina tasa anual equivalente (TAE) y significa que es la rentabilidad efectiva que yo recibo. Supongamos que coloco un depósito de 3.000 euros a 6 meses a un 5%. El banco deberá abonarme 75 euros como pago de los intereses.
Como estas cantidades están sujetas a una retención del 18% en concepto de mi IRPF, el banco realmente me abona 61,5 euros. Ese 5% de interés se convierte en un 4,10% TAE, que es el tipo efectivo y líquido que yo recibo en mi cuenta corriente.
Por otra parte, se recomienda siempre contratar depósitos bancarios que nos den dinero y no productos en especie, como cafeteras, ordenadores o cualquier objeto que puedan promocionar los bancos. Es preferible siempre recibir el dinero que cualquier objeto proporcionado por la entidad porque se suelen sobrevalorar los artículos que se entregan y tenemos que ajustarnos a los catálogos ofrecidos por las distintas entidades financieras.
Fuente: http://www.yollegoafindemes.com/blog/2009/02/09-que-son-y-como-funcionan-los-depositos-bancarios
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