Ayudas del ICO para pagar el préstamo hipotecario
El gobierno presentó a finales de 2008 un plan de ayuda, gestionado a través de Instituto de Crédito Oficial (ICO) a quienes se encontraran en dificultades para devolver los préstamos hipotecarios.
Ese plan acaba de ser revisado. Tras la última modificación, se establece que para poder beneficiarse de estas ayudas del ICO hay que cumplir ciertos requisitos. Es preciso:
- Haber pagado siempre las cuotas del préstamo, que debe estar dedicado en exclusiva a la compra de vivienda habitual.
- Haber contratado el préstamo antes del 1 de septiembre de 2008, por importe inferior a 170.000 euros.
- Estar, desde antes del 1 de enero de 2010, en alguna de las siguientes situaciones:
- tener derecho a una prestación por desempleo;
- estar en paro o ser autónomo en situación de cese de la actividad económica (en ambos casos, durante al menos los tres meses previos a la solicitud);
- ser autónomo y acreditar que los tres meses previos a la solicitud se han tenido ingresos inferiores a tres veces el IPREM mensual (527,24 euros en 2009);
- recibir una pensión de viudedad, por el fallecimiento del cónyuge tras la contratación de la hipoteca.
- ¿Cumple los requisitos? Compruebe si su banco está en la lista de los que ofrecen facilidades para la moratoria de la hipoteca: puede hacerlo en la página web del Instituto de Crédito Oficial.
- Si su banco está adherido, puede solicitar que le permita hacer lo siguiente:
- Posponer el pago de hasta el 50% de las 24 cuotas mensuales que deba pagar entre el 1 de marzo de 2009 y el 28 de febrero de 2011, siendo el máximo aplazable de 500 euros mensuales y de 12.000 euros en total.
- Volver a pagar, desde el 1 de marzo de 2011 y hasta el 1 de marzo de 2012 la cuota hipotecaria inicial.
- Empezar a devolver la cantidad aplazada a partir del 1 de marzo de 2012, repartida entre las restantes cuotas, durante los siguientes 3, 5, 7, 10 o 15 años y, en todo caso, antes de la fecha pactada de vencimiento del préstamo.
- Las cantidades aplazadas (que se podrán devolver por anticipado sin comisiones) llevarán un interés variable referenciado al índice ICO (similar al Euribor) +0,8. El ICO asumirá los gastos del aplazamiento hasta que se inicie la devolución. Por ejemplo, posponer el pago de 300 euros de la cuota mensual desde abril de este año hasta diciembre de 2010 (6.300 euros en total), tendría un coste del 2,20% TAE si se reparte la devolución en 5 años y el índice ICO está para entonces en el 3%.
Acogerse a esta moratoria hipotecaria puede ser, para quienes realmente están en una situación económica precaria, la forma más barata de lograr un respiro temporal. No obstante, las condiciones son muy restrictivas y aunque se cumplan, los bancos pueden denegar el aplazamiento.
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